Desde Torres y Alarcón Abogados, queremos informarte sobre la reciente reforma del Estatuto de los Trabajadores aprobada por el Gobierno este mes de mayo. Esta modificación normativa responde a una necesidad imperiosa de proteger los derechos laborales de las personas con discapacidad, asegurando un marco laboral más inclusivo y equitativo.
Contexto y alcance de la reforma
El 21 de mayo de 2024, el Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la causa automática de extinción de la relación laboral por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. El título de la comunicación oficial es «El Gobierno aprueba eliminar el despido automático por incapacidad permanente de la persona trabajadora». Sin embargo, es importante aclarar que no se trata de un despido, sino de una extinción del contrato.
La diferencia entre despido y extinción radica en que el despido implica una acción unilateral de la empresa para finalizar la relación laboral, generalmente por motivos disciplinarios o económicos. En cambio, la extinción es una terminación automática del contrato que ocurre por causas legales establecidas, como el reconocimiento de una incapacidad permanente.
Este cambio, acordado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), busca alinear la legislación laboral con los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las recomendaciones del Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad.
La reforma pone fin a una práctica que implicaba la finalización automática del contrato de trabajo cuando una persona era declarada en situación de incapacidad permanente. Esta medida, que en el pasado podría interpretarse como discriminatoria, ahora es sustituida por una política que promueve la integración y permanencia de los trabajadores con discapacidad en el entorno laboral.
Nuevas obligaciones para las empresas
Uno de los aspectos centrales de la nueva normativa es la obligación de las empresas de realizar los ajustes razonables necesarios para que las personas con discapacidad puedan continuar desempeñando su labor.
Los ajustes razonables son modificaciones y adaptaciones del puesto de trabajo que no representan una carga desproporcionada para el empleador.
Estos ajustes incluyen, pero no se limitan a:
- Adaptaciones del entorno físico de trabajo.
- Cambios en las funciones o responsabilidades del trabajador.
- Horarios flexibles o reducidos.
- Provisión de equipos o tecnologías asistivas.
La normativa también especifica que la evaluación de si un ajuste es razonable debe considerar factores como el tamaño de la empresa, la naturaleza de las funciones y la disponibilidad de ayudas o subvenciones públicas para financiar dichas adaptaciones.
Impacto en la relación laboral y derechos de los trabajadores
Con la eliminación de la extinción automática del contrato por incapacidad permanente, la decisión sobre la continuidad laboral pasa a ser un derecho del trabajador.
Esto implica que, en lugar de que la empresa decida unilateralmente sobre la terminación del contrato, ahora será el trabajador quien opte por una de las siguientes alternativas:
- Solicitar una adaptación razonable del puesto de trabajo.
- Pedir el cambio a otro puesto vacante y disponible compatible con su nueva situación.
Este cambio legislativo refuerza el compromiso de la sociedad con un empleo inclusivo y accesible, protegiendo el derecho al trabajo de las personas con discapacidad y promoviendo su plena participación en la vida laboral.
En Torres y Alarcón Abogados, nos comprometemos a apoyar tanto a las empresas como a los trabajadores en la implementación y cumplimiento de estas nuevas disposiciones. Nuestra experiencia en derecho laboral nos permite ofrecer asesoramiento especializado para asegurar que las adaptaciones sean razonables y efectivas, beneficiando a todas las partes involucradas.
Si necesitas asesoramiento sobre cómo implementar estos cambios en tu empresa o tienes preguntas sobre tus derechos como trabajador, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a navegar por este nuevo marco legal y asegurar una transición exitosa y justa para todos.
2 respuestas
Un paso importante para las personas con discapacidad y sus derechos.
Efectivamente M. Dolores. ¡Gracias por comentar!